Pasantias de proyecto
1) Que son las pasantias secundarias no rentadas? (tres definiciones)
2) Como se pueden realizar?
3) Mencionar los números de resoluciones que las regulan.
4) Poner una breve descripción de cada una de las resoluciones.
1)
• Se denomina pasantía a una práctica profesional que realiza el alumno una vez que haya aprobado su carga crediticia de su pensum para poder optar al titulo, es decir para demostrar su grado de profesionalismo.
• Se conoce como pasantía a la práctica profesional que desempeñan los estudiantes, generalmente durante los últimos años de la carrera o inmediatamente después de graduados, para poner en práctica los conocimientos y las facultades aprendidas. Podríamos decir que el pasante, tal como se denomina al individuo que desempeña una pasantía, es un aprendiz que lleva adelante la pasantía con el claro objetivo de lograr experiencia en su campo de estudio o profesión.
• Se define como un conjunto de líneas de acción orientadas a abrir espacios de aprendizajes, preparados para que los jóvenes de carreras técnicas, universitarias, egresados y graduados puedan conocer en detalle y en la marcha experiencias consideradas como novedosas, exitosas y de eficiencia comprobada, que son llevadas a cabo en Organizaciones Privadas Públicas o Sociales. Así como también brindan la facultad para que dichos jóvenes pongan en práctica sus conocimientos, tomando contacto con el ámbito en que se desenvuelven las organizaciones, con el propósito final de mejorar aspectos relacionados a La baja calificación del recurso humano que desconoce métodos innovadores, El intercambio de información sobre programas exitosos entre las organizaciones / instituciones y el sistema educativo, La repetición de formas tradicionales de intervención por equipos institucionales.
2) Generalmente la pasantía se hace bajo poca o nula remuneración.
En su transcurso, se debe redactar un informe acerca de todas las actividades que se realicen, el cual deberá ser entregado al finalizar la misma.
El tutor académico tendrá la potestad de visitar la empresa donde el alumno realice su pasantía con el fin de supervisar su desenvolvimiento y entrevistarse con el tutor empresarial.
El alumno tendrá el deber de demostrar habilidades tales como: capacidad para trabajar bajo presión, puntualidad, responsabilidad, presentación personal, etc.; así como todas las habilidades inherentes a la profesión para la cual se forma.
El informe de pasantía debe cumplir con unas normas muy estrictas. Motivo por el cual debe tener un constante seguimiento por parte del tutor académico
3-4) El régimen de pasantías vigente es el establecido en la ley 26.427 (BO del 22/12/2008), que regula el Sistema de Pasantías Educativas en el marco del sistema educativo nacional para los estudiantes de la Educación Superior (Capítulo V, ley 26.206) y la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos (Capítulo IX, ley 26.206) y de la Formación Profesional (Capítulo III, ley 26.058), en todos los casos para personas mayores de 18 años a cumplirse en empresas y organismos públicos, o empresas privadas con personería jurídica, con excepción de las empresas de servicios eventuales aun cuando adopten la forma de cooperativas.
El nuevo régimen deroga la ley 25.165 —Ley de Pasantías Educativas—, el artículo 2º de la ley 25.013, el Decreto 340/92, el Decreto 93/95, y sus normas reglamentarias y complementarias, y el art. 7º del Decreto 487/2000.
La ley 26.427 define como pasantía educativa al conjunto de actividades formativas que realicen los estudiantes en empresas y organismos públicos, o empresas privadas con personería jurídica, sustantivamente relacionado con la propuesta curricular de los
estudios cursados en unidades educativas, que se reconoce como experiencia de alto valor pedagógico, sin carácter obligatorio (art. 2).
Sus objetivos son lograr que los pasantes:
a. Profundicen la valoración del trabajo como elemento indispensable y dignificador para la vida, desde una concepción cultural y no meramente utilitaria;
b. Realicen prácticas complementarias a su formación académica, que enriquezcan la propuesta curricular de los estudios que cursan;
c. Incorporen saberes, habilidades y actitudes vinculados a situaciones reales del mundo del trabajo;
d. Adquieran conocimientos que contribuyan a mejorar sus posibilidades de inserción en el ámbito laboral;
e. Aumenten el conocimiento y manejo de tecnologías vigentes;
f. Cuenten con herramientas que contribuyan a una correcta elección u orientación profesional futura;
g. Se beneficien con el mejoramiento de la propuesta formativa, a partir del vínculo entre las instituciones educativas y los organismos y empresas referidos en el
artículo 1º de la ley;
h. Progresen en el proceso de orientación respecto de los posibles campos específicos de desempeño laboral.
Los objetivos del sistema de pasantías apuntan, además, a generar mecanismos fluidos de conexión entre la producción y la educación, a los efectos de interactuar recíprocamente entre los objetivos de los contenidos educativos y los procesos
tecnológicos y productivos (art. 4).
Para implementar el sistema de pasantías educativas, las autoridades de las instituciones y organismos de conducción educativa reconocidos establecerán el diseño de un proyecto pedagógico integral de pasantías a nivel institucional, como marco
para celebrar convenios con las empresas u organismos en los que se aplicará dicho sistema. En el caso de los convenios suscritos por autoridades de instituciones educativas, cualesquiera sea su nivel y ámbito de dependencia, las autoridades educativas jurisdiccionales deben ser notificadas fehacientemente en el curso de los 5 días hábiles posteriores a la firma del convenio, conforme el
procedimiento que determine la reglamentación.
La nueva normativa, además, establece que en los convenios de pasantías educativas deben constar como mínimo los siguientes requisitos:
a) Denominación, domicilio y personería de las partes que lo suscriben;
b) Objetivos pedagógicos de las pasantías educativas en relación con los estudios entre los cuales se convocará a los postulantes de las pasantías;
c) Derechos y obligaciones de las entidades receptoras de los pasantes y de las instituciones u organismos educativos;
d) Características y condiciones de realización de las actividades que integran las pasantías educativas y perfil de los pasantes;
e) Cantidad y duración de las pasantías educativas propuestas;
f) Régimen de asistencia y licencias por examen, enfermedad y accidente para los pasantes;
g) Régimen de la propiedad intelectual de las creaciones e innovaciones que resulten de la actividad del pasante;
h) Régimen de la cobertura médica de emergencias a cargo de la empresa u organización y entidad que atenderá los compromisos derivados de la Ley de Riesgos del Trabajo;
i) Planes de capacitación tutorial que resulten necesarios;
j) Plazo de vigencia del convenio y condiciones de revisión, caducidad, o prórroga;
k) Nómina de personas autorizadas por las partes firmantes a suscribir los acuerdos individuales de pasantías educativas.

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